BOLETÍN
DE PRENSA
Guayaquil, 5 de septiembre de 2014
Boletín de prensa No. RLS-COM-14-021
IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES
El Impuesto a los Consumos Especiales
(ICE), vigente desde hace varios años, es un impuesto a bienes y servicios
nacionales o importados suntuarios o de carácter nocivo para la salud.
Este impuesto se aplica a los siguientes
bienes y servicios:
Productos del tabaco
·
Bebidas gaseosas
·
Perfumes
·
Aguas de tocador
·
Videojuegos
·
Armas de fuego
·
Vehículos motorizados de acuerdo al PVP
·
Aeronaves
·
Servicio de tv pagada
·
Cuotas y membrecías de clubes sociales, cuando supere
los USD 1,500 anuales
La posibilidad de incluir a la comida
chatarra dentro del impuesto a los consumos especiales aún está en proceso
de análisis en varias instancias del gobierno.
El Servicio de Rentas
Internas y el Ministerio de Salud mantienen reuniones de carácter técnico,
para determinar la factibilidad de incluir esta categoría y en caso de ser
viable, bajo qué criterios se clasificarían dichos productos.
Hasta el momento no existe ninguna posición
definitiva. La Administración Tributaria informará sobre cualquier
modificación o adición a este impuesto, que no tiene carácter recaudatorio,
más bien, busca desestimular el consumo de productos nocivos, que pueden
causar enfermedades letales.
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